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CEAL Luz - Conocenos

Servicio Eléctrico de la Cooperativa Eléctrica de Azul Ltda.

Electrodependientes


¿Qué es la Electrodependencia?

Es la condición de las personas que requieren de un suministro eléctrico constante y en niveles de tensión adecuados para alimentar el equipamiento que, por prescripción médica, les resulta imprescindible para vivir.

 

¿De qué se trata la Ley?

La Ley 27.351 establece la gratuidad del servicio eléctrico para los usuarios electrodependientes. El beneficio aplica a todo ciudadano inscripto en el Registro de Electrodependientes por Cuestiones de Salud.

 

¿Cuáles son los beneficios de estar inscriptos en el Registro?

Además de obtener sin cargo el servicio de energía eléctrica, los usuarios inscriptos en el RECS tienen derecho a reclamar un equipamiento que asegure una provisión de energía continua y estable en el caso de alteración del suministro regular.

 

Electrodependientes 

La Provincia de Buenos Aires a través de la Ley 14988 adhirió a lo dispuesto por la Ley Nacional 27351 “Electrodependientes por Cuestiones de Salud”

 

USUARIOS ALCANZADOS

El beneficio alcanza al titular del servicio o uno de sus convivientes que se encuentre registrado como usuario electrodependiente por cuestiones de salud en el Registro de Electrodependientes por Cuestiones de Salud (RECS).

 

PAUTAS A CUMPLIR PARA LA OBTENCIÓN DEL BENEFICIO:

Los usuarios que deseen obtener el beneficio deberán ingresar a la página: www.argentina.gob.ar/salud/electrodependientes, donde encontrarán las instrucciones y los formularios necesarios para cada una de las  instancias a efectos de tramitar la inscripción en el Registro de Electrodependientes por razones de salud (RECS) y un enlace para ingresar a Trámites a distancia (TAD) (https://tramitesadistancia.gob.ar), donde deben ser enviadas las solicitudes de inscripción. Para la realización del trámite completo deberá disponerse de toda la documentación requerida en formato digital.

 

ALCANCE DEL BENEFICIO:

1. Tratamiento tarifario especial: la distribuidora deberá otorgar a dichos usuarios, el tratamiento tarifario especial gratuito -costo cero (0)-, para lo cual deberá confeccionar la factura incorporando los conceptos que correspondan al servicio eléctrico. La bonificación solo alcanza a los conceptos relacionados con la prestación del servicio eléctrico.

2. Entrega Fuente Alternativa de Energía: previa solicitud del usuario registrado como electrodependiente por cuestiones de salud en el RECS, la Distribuidora deberá entregarle una fuente de energía alternativa, capaz de brindar la energía eléctrica necesaria para satisfacer sus necesidades.

3. Eximición del cargo por conexión (si corresponde).

 

LAS SOLICITUDES DE INSCRIPCIÓN DEBEN SER EFECTUADAS ANTE EL MINISTERIO DE SALUD DE LA NACION 

www.argentina.gob.ar/salud/electrodependientes

 

Ley provincial 14.988 y Decreto

https://oceba.gba.gov.ar/Paginas/usuarios/ley14988.pdf

Resolución OCEBA 96/18 

https://oceba.gba.gov.ar/Paginas/Resoluciones/18/Resolucion0096.pdf

RESFC-2018-49-GDEBA-OCEBA

http://oceba.gba.gov.ar/web/PDFS/RESFC-2018-49-GDEBA-OCEBA.pdf

RÉGIMEN APLICABLE A USUARIOS ELECTRODEPENDIENTES POR CUESTIONES DE SALUD

https://oceba.gba.gov.ar/Paginas/Resoluciones/18/Resolucion0096ANEXOI.pdf

 

FUENTE: OCEBA



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